Actualmente las bicicletas eléctricas, por normativa, han de ser vehículos híbridos, osea de tracción mecánica (piernas) y eléctrica (motor). Aunque algún modelo de bicicleta tenga un potenciometro para variar su velocidad, en España esta prohíbido. La bicicleta por lo general consta de los componentes normales de una bicicleta a la cual se le añade un motor (actualmente situado en la rueda trasera), una batería (bajo el asiento), una centralita (bajo la batería) y una serie de conexiones que conectan entre sí todos los componentes del sistema eléctrico. Al ponerse a pedalear el motor entra en marcha debido a unos sensores que se encuentran en el plato grande, éstos sensores envían información a la centralita y ésta a su vez al motor. El motor se desconecta cuando se deja de pedalear o cuando se frena. Normalmente las bicicletas no disponen de un sistema de recuperación de carga para las baterías cuando se frena o desciende por una cuesta. En cuento a las baterías comentar que las más actuales son de litio (ion litio o litio polímero) con lo que ha mejorado la cantidad de ciclos de carga y el peso considerablemente. También se montan todavía las de NiMh (níquel metal hidruro) que tienen la misma autonomía que las anteriores pero que pesan más y tienen menos ciclos de recarga.
Cuando usted vaya a comprar un bicicleta eléctrica compare, la calidad de los materiales, frenos, cambios, cuadro etc.. , el tipo de baterías, la garantía y si tiene servicio de reparación y repuestos en su localidad.
Espero que esta información os pueda servir de algo. Saludos
Alberto Guzmán
Ingeniero industrial
martes, 11 de noviembre de 2008
NUEVAS SUBVENCIONES
Amigos, por fin tenemos algunas ayudas a la hora de adquirir un vehículo más ecológico, aquí teneís un resumen de la CAEB sobre la subvención:
Convocatoria para modernizar el parque automovilístico y establecer nuevas estaciones de carga de GLP.
1. Beneficiarios
Las personas físicas o jurídicas de derecho privado, asociaciones o entidades sin finalidad lucrativa, agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, comunidades de propietarios, empresas públicas, ayuntamientos, consells insulares, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica que lleven a cabo en Baleares las siguientes actuaciones:
3. Cuantía de la subvención
· · Adquisición vehículos turismos o de furgonetas alimentadas por gases licuadas del petróleo (se admiten los turismos bicombustible o multicombustible) – 2.000 €.
· · Adquisición vehículos turismos o de furgonetas de propulsión eléctrica – 6.000 €
· · Adquisición vehículos turismos o de furgonetas de propulsión híbrida – 2.000 €
· · Adquisición vehículos industriales (autobuses y camiones) alimentados por gases licuados del petróleo - 12.000 €
· · Adquisición vehículos industriales (autobuses y camiones) de propulsión híbrida o eléctrica - 50.000 €
· · Establecimiento de estaciones de recarga de GLP abierta a todo tipo de turismos y furgonetas con mas de un surtidor – 60.000 €
· · Establecimiento de estaciones de recarga de GLP para vehículos industriales (autobuses y camiones), con un único surtidor – 30.000 €
· · Establecimiento de estaciones de recarga de GLP para vehículos industriales (autobuses y camiones), con más de un surtidor – 60.000 €
· · Por adquirir vehículos las ayudas no pueden superar el 15 € de su coste.
· · Por establecer estaciones de recarga de GLP, las ayudas no pueden superar el 30 € de su coste.
· · La subvención máxima por beneficiario no puede ser superior a 60.000 €.
Para más información consultar la circular que os adjunto.
Podéis encontrar la convocatoria completa, modelo de solicitud y resolución del BOIB en el siguiente link:
http://www.caib.es/govern/sac/visor_proc.do?codi=259488&lang=es&coduo=294
Convocatoria para modernizar el parque automovilístico y establecer nuevas estaciones de carga de GLP.
1. Beneficiarios
Las personas físicas o jurídicas de derecho privado, asociaciones o entidades sin finalidad lucrativa, agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, comunidades de propietarios, empresas públicas, ayuntamientos, consells insulares, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica que lleven a cabo en Baleares las siguientes actuaciones:
3. Cuantía de la subvención
· · Adquisición vehículos turismos o de furgonetas alimentadas por gases licuadas del petróleo (se admiten los turismos bicombustible o multicombustible) – 2.000 €.
· · Adquisición vehículos turismos o de furgonetas de propulsión eléctrica – 6.000 €
· · Adquisición vehículos turismos o de furgonetas de propulsión híbrida – 2.000 €
· · Adquisición vehículos industriales (autobuses y camiones) alimentados por gases licuados del petróleo - 12.000 €
· · Adquisición vehículos industriales (autobuses y camiones) de propulsión híbrida o eléctrica - 50.000 €
· · Establecimiento de estaciones de recarga de GLP abierta a todo tipo de turismos y furgonetas con mas de un surtidor – 60.000 €
· · Establecimiento de estaciones de recarga de GLP para vehículos industriales (autobuses y camiones), con un único surtidor – 30.000 €
· · Establecimiento de estaciones de recarga de GLP para vehículos industriales (autobuses y camiones), con más de un surtidor – 60.000 €
· · Por adquirir vehículos las ayudas no pueden superar el 15 € de su coste.
· · Por establecer estaciones de recarga de GLP, las ayudas no pueden superar el 30 € de su coste.
· · La subvención máxima por beneficiario no puede ser superior a 60.000 €.
Para más información consultar la circular que os adjunto.
Podéis encontrar la convocatoria completa, modelo de solicitud y resolución del BOIB en el siguiente link:
http://www.caib.es/govern/sac/visor_proc.do?codi=259488&lang=es&coduo=294
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